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9 sept 2008

142 solicitudes de divorcio rápido ingresaron a Bellavista hasta el momento

Callao, 09 / 09 / 2008

Un total de 142 solicitudes de ‘divorcio rápido’ ha recibido la municipalidad distrital de Bellavista hasta el momento, informó su alcalde Juan Sotomayor, al advertir que su comuna, en lugar de alentar la separación de las parejas, agota primero la conciliación y el entendimiento, sobre todo si hay hijos de por medio.

El burgomaestre precisó que en Bellavista el costo por este trámite asciende a 300 soles, monto que, según comentó, es uno de los más bajos de la Provincia Constitucional.
Explicó que la sede municipal cuenta con ambientes especialmente acondicionados donde la pareja es invitada primero a dialogar para ver si desea seguir con el trámite o recuperar la relación conyugal.

Sí no hay posibilidad de restablecer el vínculo matrimonial, se procede a iniciar el proceso legal que permite la separación definitiva de la pareja, pero previamente se atienden los requisitos que la norma establece al respecto, como el régimen de tenencia de los hijos, separación de bienes adquiridos durante el matrimonio, entre otros aspectos.
160 soles cuesta en el Rímac
Por su parte, en el municipio del Rímac se inició hoy el servicio para tramitar el ‘divorcio rápido’, por el que se cobra 160 soles, informó el alcalde Víctor Leyton.
Indicó que la comuna distrital se ha venido preparando para atender con un buen servicio a las parejas casadas que deseen llevar adelante este proceso para poner fin a su vínculo legal.
La autoridad edil agregó que pese a tratarse de un procedimiento que simplifica la separación matrimonial, en la municipalidad no se quiere alentar el divorcio, sino que se insta a las parejas a reflexionar sobre la decisión que han tomado para ver si es posible conservar la institución conyugal, más aún si tienen hijos.

Fuente: Noticia Local - Agencias

26 may 2008

Municipio de Magdalena inicia Programa de Consejería para impedir divorcios

Lima, 26 / 05 / 2008

Ante la reciente aprobación de la ley que establece el divorcio rápido en municipios y notarías, la Municipalidad de Magdalena informó que a fin de mes lanzará un programa de consejería telefónica gratuita para brindar atención oportuna a los problemas de pareja y, de ser posible, evitar su separación.
Este innovador servicio municipal ha sido denominado "Magdalena te escucha" y atenderá todos los sábados (desde el 31 de mayo) de 10 de la mañana a las 2 de la tarde, a través del 418-0705.
Los interesados también pueden escribir al correo mailto:consejería@munimagdalena.gob.pe.
A través de la línea telefónica, las parejas de Magdalena recibirán asesoría especializada de psicología por parte de personal contratdo por la comuna distrital.
El servicio de consejería también atenderá las inquietudes vinculadas a problemas familiares, depresión, de sexualidad e incluso nuevas adicciones sociales como la ludopatía y compradores compulsivos.
Según reportes médicos citados por esta comuna, cerca del 70% de los factores de riesgo que derivan en futuras alteraciones psicológicas se encuentran dentro de la familia, de allí su importancia de perservar su unidad y fortalecerla.

Fuente: Noticia Local - Agencias

15 may 2008

Ejecutivo promulga Ley que permite divorcio en municipalidades y notarias

Lima, 15 / 05 / 2008

El presidente de la República, Alan García Pérez, promulgó esta tarde en Palacio de Gobierno tres leyes, una de las cuales otorga a las notarías y a los alcaldes distritales y provinciales competencia en el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior .

Dicha norma establece los requisitos para llevar a cabo el referido divorcio, por ejemplo que los alcaldes o notarios deben pertenecer a la jurisdicción del último domicilio conyugal o donde se celebró el matrimonio.
También que para realizar el procedimiento la pareja de interesados no debe tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad. En el caso de tenerlos, los cónyuges deberán tener sentencia judicial firme o acta de conciliación emitida conforma a ley respecto de los regímenes del ejercicio de la patria potestad, alimentos, tenencia y de visitas de los hijos.
Además exige carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales, o si los hubiera, tener Escritura Pública inscrita en Registros Públicos, de sustitución o liquidación del régimen patrimonial. El dispositivo señala que una vez recibidos y certificados los documentos que exige la ley, el alcalde o notario, en un plazo de 15 días, convoca a audiencia única.

En la audiencia los cónyuges manifiestan o no su voluntad de ratificarse en la solicitud de separación convencional. De ratificarse, el alcalde o notario declarará la separación convencional por resolución de alcaldía o por acta notarial, según corresponda.

En caso de inasistencia de uno o ambos cónyuges por causas debidamente justificadas, el alcalde o notario convocará a una nueva audiencia en el plazo no mayor de 15 días. De haber nueva inasistencia de uno o ambos cónyuges se declarará concluido el procedimiento.
El dignatario también promulgó una Ley que autoriza a los procuradores públicos a transigir, conciliar o desistirse en procesos de menor cuantía. La norma precisa que en los procesos judiciales donde el Estado sea parte demandante o demandada y se discuta el cumplimiento de una obligación de dar dinero que no sea pago indebido, se autoriza a los procuradores públicos del Estado a transigir o conciliar las pretensiones controvertidas hasta en un 30% del monto del petitorio, siempre que la cuantia en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera no exceda de 30 Unidades Impositivas Tributarias (105 mil soles).
En los procesos judiciales donde el Estado sea parte demandante y se se discuta el cumplimiento de una obligación de dar dinero que no sea pago indebido, se autoriza a los referidos procuradores a desistirse de las pretensiones controvertidas y/o del proceso siempre que la cuantía en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera no exceda una Unidad Impositiva Tributarias (3,500 soles). Para este caso no se requiere de resolución suprema autoritativa.
La tercera norma promulgada por el jefe de Estado excluye del pago de alumbrado público a los suministros de predios agrícolas rurales para el uso de producción agraria y acuícola. Las tres normas promulgadas esta tarde por el presidente Alan García serán publicadas mañana en la edición de Normas Legales del diario oficial El Peruano.


Fuente: Noticia Local - Agencias

18 mar 2008

84% de limeños y chalacos a favor de divorcio por mutuo acuerdo en municipios y notarías

Lima, 18 / 03 / 2008

El 84 por ciento de la población de Lima y Callao, especialmente del nivel socioeconómico “D”, se mostró a favor de que los divorcios de mutuo acuerdo puedan tramitarse en los municipios y notarías, según una encuesta realizada por la universidad de Lima.

El sondeo, efectuado el 15 y 16 de marzo entre habitantes de 18 y 70 años de edad, revela que los ciudadanos de ambos géneros y de todos los sectores socioeconómicos apoyan la medida, aunque en el sector “D” la aprobación es aún mayor con 91.4%.

En el sector socioeconómico “A” el nivel de aprobación es de 80.4%, en el nivel “B” 81.8%, en el “C” 79.3% y en el “E” 81.8%, detalla la encuesta difundida hoy por la citada casa de estudios.

El 13 de marzo, el pleno del Congreso de la República aprobó -en primera votación- por 61 votos a favor, 8 en contra y 12 abstenciones el dictamen de la Comisión de Justicia que autoriza la celebración del divorcio por mutuo acuerdo en municipios y notarías de todo el Perú.

La norma establece que podrán acogerse a este mecanismo los cónyuges que, después de transcurridos dos años desde la celebración del matrimonio, deciden poner fin a dicha unión a través de la separación.

De igual modo, el 87% de ciudadanos encuestados señaló estar de acuerdo con que se publiquen los nombres de los padres que no cumplen con pasar la pensión a sus hijos.

Fuente: Noticia Local - Agencias

14 mar 2008

Ley del Divorcio debe reglamentarse para evitar que padres incumplan con hijos

Lima, 14 / 03 / 2008

El Poder Ejecutivo debe reglamentar la Ley del Divorcio para evitar que los padres que se separan, incumplan con sus obligaciones y responsabilidades hacia sus hijos, afirmó Gina Yañez de la Borda, directora del Movimiento Manuela Ramos.
“Lamentablemente en nuestro país cuando se da un divorcio de cualquier naturaleza hay una práctica bastante equivocada. Los que se divorcian son la pareja, no nos divorciamos de los hijos, ni de nuestras responsabilidades como padres y madres. Pero por un aspecto cultural, en la práctica casi siempre las mujeres son las que quedan bajo el cuidado de los hijos y muchas veces los padres se desentienden”, aseguró.
“Ese no es un problema legal, es cultural y la ley lamentablemente como norma no lo va a reglar, pero si es necesario que se cambien las medidas, para que no exista el riesgo de que se pretenda incumplir con las obligaciones hacia los hijos, como es la repartición de bienes, pensión alimenticia, el régimen de visitas. Si hay alguna medida que hay que tomar, es ratificar controles para que haya una debida responsabilidad como la ley indica frente a los hijos”, agregó.
Ramos de la Borda consideró que existe una especie de “satanización” de la ley que faculta a las municipalidades y notarías a realizar la separación convencional y reiteró que sólo procede el divorcio de los cónyuges siempre que lo soliciten por mutuo acuerdo.
“Hay una especie de satanización de la figura que no va por ahí. La separación se da cuando ambos están de acuerdo. Si una de las partes no desea simplemente no se podría aplicar esta norma, la que esperamos que sea posible que se convierta en ley. No es abrir la ventana para que hagan cola para los divorcios, pero sí es abrir una ventana para que la gente deje de sufrir cuando ya al margen de sus voluntades no desea continuar viviendo juntos, pero que no debe olvidar que hay hijos en común”, mencionó.

Fuente: Noticia Local - Agencias